ALMA ALCARAZ PROPONE CREAR LA UNIDAD DE VIGILANCIA Y EVALUACIÓN EN HACIENDA Y FISCALIZACIÓN #GTO

ALMA ALCARAZ PROPONE CREAR LA UNIDAD DE VIGILANCIA Y EVALUACIÓN EN HACIENDA Y FISCALIZACIÓN #GTO





El día de hoy presentó en tribuna del congreso del Estado de Guanajuato, la diputada Alma Alcaraz—« la Iniciativa con Proyecto de Decreto» por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato y de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato con la finalidad de crear la Unidad de Vigilancia y Evaluación perteneciente a la Comisión de Hacienda y Fiscalización.

A nivel federal, las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 1999, sentaron las bases para un sistema de fiscalización y rendición de cuentas de los recursos públicos nacionales.

A fin de regular esa reforma constitucional el 29 de diciembre de 2000 se publicó en el Diario Oficial la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, misma que dotó de un nuevo modelo jurídico a la Auditoría Superior de la Federación y robusteció las facultades de revisión, fiscalización y vigilancia de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Justamente con este modelo es que se creó la Unidad de Evacuación y Control (UEC) de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, como un órgano técnico especializado encargado de vigilar el estricto cumplimiento de las funciones que tienen encomendadas la Auditoría Superior de la Federación y la actuación de sus  servidores públicos.

De acuerdo con la exposición de motivos del dictamen que dio origen a su creación, la Unidad de Evaluación y Control fue creada “con el propósito de lograr que  la Auditoría Superior de la Federación preserve su carácter de órgano técnico de la Cámara de Diputados, en la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública, y se impida que en uso de su autonomía se aparte de las atribuciones que para esos efectos tiene conferidas, por lo tanto es indispensable que la Cámara cuente con un órgano de autoridad adscrito a la Comisión de Vigilancia que le auxilie en el ejercicio de su función de evaluación y control del desempeño de la entidad de fiscalización superior”. Con dicho propósito en mente en la citada Ley de Fiscalización Superior se incluyó un capítulo denominado De la Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación que contempló la creación de la Unidad de Evaluación y Control adscrita a la Comisión de Vigilancia, cuyo titular sería nombrado por el Pleno de la Cámara de Diputados, a propuesta de la propia Comisión, mediante mayoría de los miembros presentes en la sesión respectiva

Desde su concepción, una de las tareas principales de la UEC ha sido apoyar técnicamente a la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados, en el cumplimiento de la facultad y obligación constitucional que posee, de evaluar si la Auditoria Superior de la Federación cumple con las funciones que tiene establecidas en la propia Constitución y en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Es claro que la intención del legislador al crear la UEC fue el contar con un órgano técnico que limitara, en el marco de la ley los alcances de la autonomía dada a la Auditoría Superior de la Federación, al tiempo que dotara a las y los diputados de los insumos necesarios para que ellos puedan evaluar las actividades de fiscalización superior.

Bajo esta organización jurídica es fácil entender por que la ASF forma parte de la Cámara de Diputados  y su órgano técnico de vigilancia, es decir la UEC, forma parte de la estructura de la Comisión de Vigilancia de la propia Auditoría Superior de la Federación.

En términos generales la UEC tiene por objeto cumplir con tareas relacionadas con el análisis de los informes de auditoría que se rinde la Auditoría Superior a la Cámara de Diputados, la evaluación de las auditorías practicadas, el seguimiento al proceso de control, el análisis del ejercicio presupuestal, revisar los estudios e investigaciones en materia de fiscalización superior, publicaciones especializadas, el procesamiento de información estadística y documental relacionada con la fiscalización superior, registro y control patrimonial, atención de quejas y denuncias en contra de servidores públicos de la ASF, práctica de auditorías, visitas e inspecciones y asesoría jurídica a la Comisión de Vigilancia.

Al respecto es importante destacar la enorme diferencia de conocimientos que tiene el personal de la Auditoría Superior contra la de los Diputados que integran la Comisión de vigilancia o análogas, dependiendo del Congreso que se trate. 

La realidad es que no existe punto de comparación, entre la experiencia, pericia y conocimientos que posee el personal auditor y los legisladores, porque seamos honestos compañeros, al formar parte de las diversas comisiones debemos tener conocimientos sobre múltiples áreas del conocimiento y la administración pública; sin embargo esa multifuncionalidad también impide que tengamos una especialización completa en una sola materia determinada, máxime tratándose de una materia como la fiscalización y vigilancia que requiere cuando menos de conocimientos de auditoría, contabilidad, medición de indicadores, administración y evaluación del desempeño. 

Por todo lo que les he mencionado resulta no sólo deseable, sino necesario que cada congreso cuente con un área auxiliar de carácter técnico, apartidista y fuera de los arreglos políticos que tienen las distintas fuerzas en el Congreso, para realizar de una manera eficiente las funciones de control a la Auditoría Superior y no ser meros espectadores de lo que presenta la propia Auditoría año con año ante el Congreso. 

Ya es hora de que dejemos ese papel de ventanilla de trámites u oficialía de partes en que este Congreso se ha convertido cuando de analizar los informes de auditoría se trata.

Si bien es cierto que no todos los Congresos cuentan con una Unidad Especializada en esta materia, también lo es que la mayoría van en ese rumbo y prácticamente en la mitad de las legislaciones estatales en la materia se ha optado por su creación.

En estados como Baja California, Baja California Sur, Durango, Guerrero, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco y Yucatán ya se ha reconocido la importancia de contar con este órgano técnico especializado.

En Guanajuato, la fracción XXVIII del artículo 63 de la Constitución Política establece que es facultad del Congreso del Estado “vigilar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica, de gestión y presupuestaria, el desempeño de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, en los términos que disponga la Ley”; sin embargo, dentro de la Ley de Fiscalización Superior no se prevén mecanismos específicos que den cumplimiento a dicha atribución. Es decir no se cumple con la ley, el Auditor hace no le da cuentas a la Comisión, menos al Congreso del Estado. Además, es importante recordar que la Comisión encargada de las tareas relacionadas con la vigilancia es también la encargada de realizar las funciones en materia hacendaria, presupuestal y de deuda pública; situación que como hemos mencionado en esta tribuna es necesario modificar en función de la especialización que requieren los asuntos relacionados con la fiscalización superior. 

Nuestro marco jurídico no debe ser omiso ante la realidad, las y los integrantes de la Comisión de Hacienda y Fiscalización, que actualmente es la encargada de conocer y dictaminar los asuntos relacionados con los informes de resultados que emite la Auditoría, deben contar con un órgano auxiliar con capacidad técnica que nos provea información clara sobre la gestión de los entes auditados y sobre el uso y destino final que se le está dando a los recursos públicos.

Guanajuato es un estado en el que el 80.8% de la población mayor de 18 años ha percibido que los actos de corrupción son muy frecuentes o frecuentes, en el que de acuerdo con el diagnóstico de la propuesta de la Política Estatal Anticorrupción de 2017 a 2019, en Guanajuato se pasó de 13 mil 245 a 34 mil 593 actos de corrupción en al menos uno de los trámites realizados por cada 100 mil habitantes, ubicando con ello a la entidad en la sexta posición con la mayor incidencia de actos de corrupción y por encima de la media nacional. No podemos continuar rezagados en las funciones de vigilancia y fiscalización.

Ese aumento de la corrupción y los escandalosos casos de desvío de recursos de los que por lo general nos enteramos por la prensa, en lugar de por la Auditoría Superior, nos obligan a robustecer el sistema con el que este Congreso da seguimiento al destino y aplicación dl dinero público y al actuar del máximo órgano de fiscalización de Guanajuato.

Por todos estos argumentos, la diputada Alma Alcaraz propuso la creación de la Unidad de Vigilancia y Evaluación perteneciente a la Comisión de Hacienda y Fiscalización que realizará, en auxilio de la Comisión, las funciones de evaluación del desempeño y vigilancia de la Auditoría Superior. 


Alma Alcaraz

Diputada Local—ACTIVIDADES DE LA LXV LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO

Congreso del Estado de Guanajuato

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