TORTURADORES DE CUELLO BLANCO.

TORTURADORES DE CUELLO BLANCO.

Doble o Nada. 

Por: José Luis Ramírez. 


Cuatro asuntos que tiene un mismo origen han puesto en la antesala de la cárcel al ciudadano Mendoza Márquez: la imposición de JUMAPA, la represión, el encarcelamiento y la tortura a los habitantes de Rincón de Tamayo. Cada asunto, ha tenido una respuesta diferente, pero ninguno por sí mismo anula a los otros, los borra o perdona. Esto apenas ha comenzado.

Para comprender que es legal o ilegal, hay que basarse en el principio máximo de la Ley: los servidores públicos, solo pueden hacer lo que la ley les permite; los ciudadanos pueden hacer todo lo que la ley no les prohíba. Con una pregunta podemos iniciar el análisis: ¿Es legal lo que ha hecho el ciudadano Mendoza Márquez en Rincón de Tamayo? Le cuento.

Celaya, tiene dos tipos de suministro de agua a la población. En la zona urbana JUMAPA administra de acuerdo con su reglamento, el agua y las cuotas para cubrir los gastos de operación; en la zona rural, cada comunidad tiene un Comité de Usuarios de Agua, que administran el vital líquido y las cuotas para el pago de operaciones. La diferencia entre uno y otro modelo es enorme y discriminatorio.

Mientras que Jumapa –zona urbana- tiene un ingreso de más de 600 millones de pesos anuales, que le permiten mantener una plantilla superior a los 500 trabajadores, y dinero para obras, equipo, e infraestructura diversa. Por otro lado, los Comités de Agua Rurales, carecen de todo, e incluso de dinero para pagar los recibos de energía eléctrica.

Los Comités Rurales de Agua son una figura jurídica del Ayuntamiento, tienen su propio reglamento y sus reglas de operación. Su coordinación está a cargo del secretario del Ayuntamiento, Jorge Gámez. El cuestionamiento al desempeño de algunos de los Comités del Agua ha sido cíclico; el fenómeno de la corrupción es un acto tolerado porque el costo es menor, en comparación al costo de dotar a las comunidades de verdadera agua potable como lo marca el Reglamento. Incluso hay zonas donde se suministra con elementos dañinos para la salud de la población, pero resolverlo es costoso, así que mejor lo dejan de lado.

Los Comités de Agua Rural están obligados a entregar mensualmente a la Tesorería, y a la Contraloría un informe de gastos e ingresos, pero lo omiten, y se tolera. Al igual que antes, no hay control de la calidad del agua, ni en la gestión administrativa, lo cual, origina frecuentemente conflictos entre la población, e irregularidades en el suministro del agua; el desvío de las cuotas de los usuarios es casi normal. Mendoza Márquez, pensó en continuar con la misma tonada en Rincón de Tamayo, pero se equivocó.

El año pasado, en el mes de abril, vecinos de Rincón de Tamayo, de la asociación civil, Consejo Comunitario de Rincón de Tamayo (CCRT) se manifestaron afuera del Comité de Agua Potable de su comunidad, presidida por Juan Carrera Aguacaliente. Lo acusaron de no rendir cuentas, exigieron su destitución, y que se convocara a una elección para su reemplazo, ya que tenía más de seis años al frente.

El 28 de noviembre con motivo del desabasto de agua, el CCRT, nuevamente se manifestó en la presidencia municipal. Ese día fueron recibidos por Alfonso Sánchez, al salir de la reunión, reiteraron sus denuncias: “Cuando este señor –Juan Carrera Aguacaliente- salió, se llevó más de millón y medio de pesos del agua potable y eso dejó al comité sin dinero, además había un tinaco metálico y se lo robó, lo retiró con una grúa, seguramente lo vendió, era un tinaco de la comunidad”.

En respuesta, a través de los medios de comunicación, Jorge Gámez, secretario del Ayuntamiento y coordinador de los Comités Rurales de Agua, afirmó: “El ayuntamiento determinó que el Municipio, a través de la Secretaría del Ayuntamiento y la Coordinación de delegados y comités de agua, llevará a cabo la administración del servicio del agua en Rincón de Tamayo… el servicio ha estado operando de manera suficiente y regular”. 

En relación con las denuncias, señaló: “Con respecto a la auditoría, hay una carpeta de investigación que está llevando la Fiscalía… se hace por señalamientos que hacen los mismos usuarios del servicio en la comunidad, respecto a unos faltantes que ellos detectaron y manifestaron…” Hasta la fecha, el ciudadano Gámez no ha informado del resultado de la denuncia.

En cuanto a la atención a los quejosos, dijo, “es un grupo con el que hemos dialogado en diversas ocasiones y manifiestan que surja una nueva convocatoria para elegir un nuevo comité de agua”. En ese sentido, apuntó “para que haya una convocatoria y una buena asamblea para asignación del comité, deberá estar la Comisión de Agua, y revocando este dictamen e instruir se haga una nueva convocatoria… seguirán las mesas de trabajo para tomar las mejores decisiones”. Eso dijo después de nueve meses de haber recibido las primeras peticiones de los tamayenses.   

Dos semanas después, el director de la Jumapa, Roberto Castañeda, declaró que se analiza que sea la Jumapa quien se haga cargo de la administración de los pozos de Rincón de Tamayo. Desde luego, esa noticia no fue bien recibida.

El 20 de diciembre, otro grupo de tamayenses, se manifestaron en la presidencia municipal, y reiteraron que debería nombrarse un nuevo Comité de Agua. Los atendió Alfonso Sánchez, y les prometió continuar el 7 de enero con la “mesa de trabajo”, y les pidió que se reunieran “los grupos de Tamayo junto con el delegado y el Consejo Comunitario”. Reiteraron, “no necesitamos de Jumapa… lo que queremos es que estén vigilando a los Comités Rurales y no lo hacen, simplemente los solapan”.

Jorge Gámez, en su condición de “coordinador municipal de los Comités de Agua Rural”, fue aplazando la convocatoria a la Asamblea de Usuarios que resolvería de fondo el conflicto, a pesar de que, en otras comunidades, como en Arenales, de San Miguel Octopan, lo hizo hasta por tres veces en menos de 45 días, para conformar un Comité de Agua Rural, afín a sus intenciones políticas. 

El viernes 23 de diciembre, de manera extraordinaria, se convocó a la Comisión de Agua Potable, que preside la regidora Isabel Herrejón, para tratar como único punto, la incorporación del Sistema de Agua Potable de Rincón de Tamayo a la Jumapa. El dictamen se aprobó, pasando por alto la normativa que rigen los Reglamentos, el de Jumapa, y el de los Comités de Agua Rurales. Terminando, se convocó a su vez, a Sesión extraordinaria del Ayuntamiento para someter a votación dicho Dictamen, con los vicios de origen, añadiendo otros, se aprobó. Se imponía Jumapa sesgando el Reglamento de Jumapa, del Reglamento de Los Comités de Agua Rurales, y bajo una fundamentación basada en la mentira.

Ante los cuestionamientos de la población a la incorporación a Jumapa, el 3 de enero, en declaración al Periódico AM, Isabel Herrejón, regidora y presidente de la comisión de agua potable, señaló que “antes de aprobar la extinción del Comité de Agua Potable de Rincón de Tamayo y que Jumapa se hiciera cargo del servicio y administración, la dirección de Desarrollo Social SOCIALIZÓ el proyecto en donde 2 mil 50 usuarios de las 4 mil tomas lo aprobaron”. Mintió, no hubo socialización, con testimonios entregados por la Unidad de Transparencia, la secretaria del Ayuntamiento, la Dirección de Desarrollo Social, y la propia Jumapa, se desmintió tal afirmación. 

Y de cierto, la socialización que menciona era el punto toral para la toma de decisiones, pero como otros elementos de juicio, la Comisión de Agua Potable y el Ayuntamiento los omitieron. Había una prisa sospechosa, y una gran movilización de recursos para incorporar el sistema de agua de Rincón de Tamayo a Jumapa.

En el curso de esa semana, con información oficial, solicitada a la Unidad de transparencia municipal, Jumapa, aclaró su intervención: “Sobre el particular le informo que en este año 2022 este Organismo Operador ha estado dando apoyo técnico para la operación de las redes de agua potable de la Comunidad de Rincón de Tamayo y se ha realizado un diagnóstico integral de la Comunidad para mejorar los servicios de la misma”.

Para fundamentarlo, señala el artículo 7 del Reglamento, que dice:  La Jumapa tendrá las siguientes atribuciones: Emitir los dictámenes técnicos para la incorporación de una COMUNIDAD RURAL a un SISTEMA RURAL, en los términos del artículo 14 del presente Reglamento. 

Con base en ese diagnóstico, que se cita a grandes líneas en el oficio 1207/DT-EXT/2022, y sin más fundamentación jurídica que la antes citada, “dictamina que es viable la incorporación de la Comunidad de Rincón de Tamayo, para que sea administrada por la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya”. Es decir, el Ayuntamiento aprueba la incorporación de una COMUNIDAD RURAL a un SISTEMA URBANO, que es Jumapa, bajo una errónea interpretación del Reglamento. 

Además, de acuerdo con su OBJETO SOCIAL Y LEGAL, Jumapa es un organismo operador descentralizado, autónomo, cuyo objeto es brindar el servicio de agua potable, y más, a la ZONA URBANA de Celaya, NO A LA ZONA RURAL.  En términos muy simples, legalizan lo ilegal, que en apariencia podría ser justo, pero es ilegal.

Este es uno de los primeros asuntos que asume el gobierno municipal a su favor porque los tribunales administrativos rechazan una petición de nulidad de los tamayenses, de ese acto municipal. Y claro, porque no se objetó y fundamentó la irregularidad del proceso si no la incorporación de un bien que presumían propio de la comunidad. El hecho existe, las irregularidades existen, eso es demostrable. Esto ocurrió en los primeros días de enero. Luego vendría lo peor.

La irritación social por la imposición de Jumapa creció como espuma en Rincón de Tamayo, el 6 de enero se manifiestan en la presidencia municipal, acuerdan con el ciudadano Gámez la presentación y entrega de las firmas de los tamayenses que están en contra de la incorporación de Jumapa, les promete considerar la revocación de ese acuerdo del Ayuntamiento. Las “mesas de trabajo” continuarían, mientras Jumapa asume la gestión del agua en la comunidad, desde mantenimiento a las redes, contratos, hasta la puesta de medidores de forma gratuita.

El día 15 de enero, a petición de Jumapa, la policía municipal llega a las oficinas de la antigua oficina del Comité de Agua Rural en Rincón de Tamayo para retirar a un grupo de manifestantes, y con un despliegue de decenas de patrullas y elementos policiacos, reprimen a la población en general, detienen a 23 personas, presentan 17 demandas administrativas, 7 penales. A decir del Director de Jumapa, era un grupo muy pequeño y rudo, y señaló, “hablamos con el secretario de Seguridad y se tuvo una respuesta muy ágil”. 

La represión policiaca fue más allá de la “agilidad”, al punto que hoy están al borde la detención por diversos delitos, los policías y sus mandos, pero sobre todo por un delito grave:  TORTURA. En su momento escribí: Quienes ordenaron y ejecutaron la represión, parecen felices de haber cumplido con su propósito de imponer por la fuerza a Jumapa. La inmediatez, cobijada por un manto tradicional de impunidad, los llevó a pasar por alto, hechos de violencia que hoy pondrán a prueba a las instituciones encargadas de velar por los derechos humanos, incluyendo a la Fiscalía Estatal. Así fue, y ahora la verdad les muerde los talones.

Del análisis de LA LEY NACIONAL SOBRE EL USO DE LA FUERZA, que hice en su momento, prácticamente todas las disposiciones las violó la Secretaría de Seguridad Pública Municipal en Rincón de Tamayo. La REPRESION, LA DETENCION Y LUEGO LA TORTURA alcanzaron notoriedad nacional. Lo comenté en su momento, y detallé como los principios de ABSOLUTA NECESIDAD, DE LEGALIDAD, DE PREVENCIÓN, DE PROPORCIONALIDAD fueron rebasados, e insistí que la Comisión de Seguridad del Ayuntamiento, presidida por la regidora María de San Juan Espinosa Bolaños (Morena), debería de iniciar una investigación partiendo del PRINCIPIO DE RENDICION DE CUENTAS, que se debería de reflejar en el INFORME POLICIAL HOMOLOGADO, pero ella no hizo nada, salvo justificar la actuación policiaca. Recuerde que de las 23 personas detenidas –referidas en ese momento-, 8 fueron mujeres, una embarazada, y 2 menores de edad, era evidente que VIOLABAN “los protocolos y procedimientos del uso de la fuerza que DEBERAN ATENDER A LA PERSPECTIVA DE GÉNERO, LA PROTECCION DE NIÑAS, NIÑOS, Y ADOLESCENTES…”. A la regidora María de San Juan Espinosa, en su calidad de Presidente de la Comisión de Seguridad del Ayuntamiento, podría aplicársele el Artículo 30 de la LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y SANCIONAR LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES, que a la letra dice: al Servidor Público que sin tener la calidad de garante y teniendo conocimiento de la comisión de conductas constitutivas de tortura se abstuviere de denunciar inmediatamente las mismas, se le impondrá una pena de tres a seis años de prisión y de doscientos cincuenta a quinientos días multa. 

La violación a los Derechos Humanos fue notoria y de interés nacional, por lo que la COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (CNDH) atrajo la investigación; bajo el PRINCIPIO DE RENDICION DE CUENTAS obtuvo la información suficiente para extender la RECOMENDACIÓN OFICIAL NO. 113 VG/2023 “sobre el caso de VIOLACIONES GRAVES A LOS DERECHOS HUMANOS”.

El director de Jumapa, Roberto Castañeda Tejeda, quien había solicitado la intervención policiaca, con el apoyo del secretario del Ayuntamiento Jorge Gámez, y desde luego con la anuencia del ciudadano Mendoza Márquez, NO REPARARON EN EL USO DE LA FUERZA policiaca, y se les fue de las manos. Quienes pudieron evitar la represión, no hicieron el menor intento para “PROCURAR no ocasionar daño a la persona susceptible de detención, y para velar por el respeto a la vida e integridad física de ésta”; y lo peor, expusieron a las personas detenidas a tratos denigrantes, abuso de autoridad y tortura” con sus expresiones públicas, y difamaciones.


Después de la recomendación de la CNDH, queda claro que vulneraron el bien más preciado, jurídica y moralmente, que es el derecho a la dignidad humana porque se TORTURÓ a los tamayenses que detuvieron, y ese acto, es lo más reprobable que se puede consentir o permitir por omisión o comisión. Ningún SER HUMANO, que se precie de serlo podría llegar a ese nivel de abyección. ¿Qué motivó a los servidores públicos de Celaya para llegar a ese nivel de crueldad?

La recomendación de la CNDH, por VIOLACIONES GRAVES A LOS DERECHOS HUMANOS, a la legalidad, seguridad jurídica, y a la integridad y seguridad personal, con MOTIVO DEL USO EXCESIVO DE LA FUERZA, CATEO ILEGAL, DETENCIONES ARBITRARIAS Y TORTURA en agravio de los habitantes de la localidad de Rincón de Tamayo, atribuible a ELEMENTOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE CELAYA, GUANAJUATO, es PRUEBA PLENA para que en el ejercicio del Régimen de responsabilidades,  sean investigados y sancionados en términos de las disposiciones legales civiles, penales o administrativas correspondientes”. Pero no solo a servidores públicos de rango inferior, sino la investigación que realice la Fiscalía Estatal de Guanajuato, o la Fiscalía General de la República –que puede atraer el caso, al ser DELITOS GRAVES con implicaciones internacionales-, deberá explicar y ampliar sus investigaciones a quienes incitaron, ordenaron, alentaron o hicieron uso de su autoridad jerárquica para que se cometieran estos delitos.

La Fiscalía Estatal de Guanajuato, tiene en sus manos la responsabilidad de investigar y procurar justicia para los habitantes de Rincón de Tamayo. Durante 7 meses no presentó ningún avance, ahora con la denuncia presentada el pasado martes 25 de julio por ciudadanos afectados, y con la RECOMENDACIÓN de la CNDH como prueba plena, de los actos señalados, podrá dilatar por razones políticas el DERECHO A LA JUSTICIA, pero eso no impedirá el fallo en contra de los victimarios. 

Un asunto fundamental en esta nueva etapa de investigación, de acuerdo con la LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y SANCIONAR LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES, es muy importante que se considere de acuerdo al articulo 16, que aquellos servidores públicos que estén siendo investigados o vinculados al proceso por el delito de tortura, y que por razón de su encargo o influencia pueda interferir u obstaculizar las investigaciones, se les apliquen las medidas cautelares previstas en el Código Nacional de Procedimientos Penales, incluida la SUSPENSION DEL CARGO. El Pleno del Ayuntamiento como máxima representación de los celayenses debe considerar ese hecho, y poner manos en el asunto. Urge la remoción de los principales orquestadores e instigadores de la represión en Rincón de Tamayo.

Recordemos que no hay prescripción del delito de tortura, y ahora la comunidad está unida y serena, sabrá esperar y resistir. Con la unidad y participación activa de los tamayenses, ningún servidor público  quedará en la impunidad. Celaya necesita un buen gobierno.


Revolcadero. 


Los casos de TORTURA en la ciudad más violenta del mundo, ejecutados por los encargados de cuidar la integridad personal y patrimonial de los celayenses deberían de ser llevados a Tribunales Internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. No es justo que torturadores de cuello blanco, circulen, sonrían y extiendan la mano manchada de dolor y sangre en espera de sus siguientes víctimas. ¿Acaso lo merecemos?


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