La ciudadanía tiene derecho a la información—Ernesto Millán

“La ciudadanía tiene derecho a la información, y a que se determine una respuesta derivada de una solicitud ante la autoridad”



Durante sesión ordinaria en el Congreso del Estado, el diputado coordinador del grupo parlamentario de Morena Ernesto Millán Soberanes, propuso que se derogue el cuarto párrafo del artículo 5 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Lo anterior, derivado de que La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en su artículo 24, dispone: “Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a cualquier autoridad competente, ya sea por motivos de interés general, ya sea en interés particular, y el de tener pronta resolución”. 

En Guanajuato La ley orgánica municipal, respeta el primero de los derechos, es decir el de petición, pero coarta el segundo de ellos, el de respuesta, al permitir a las autoridades no dar una respuesta formal y por escrito a los ciudadanos y que aún peor, se manifiesta que si no se contesta en tiempo es en sentido negativo”

Varios son los artículos y principalmente la redacción, la que beneficia más a la autoridad que al ciudadano, por ejemplo en el artículo 5 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, relativo al DERECHO DE PETICIÓN en su cuarto párrafo se establece, que 

“En caso de que el Ayuntamiento, el presidente municipal o los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública municipal no dieran respuesta en los plazos señalados en el párrafo anterior”, es decir en un plazo no mayor de diez días hábiles, “se tendrá por contestando en sentido negativo”

El diputado Ernesto Millán dijo al respecto “No encontramos fundamento legal alguno para que se tenga a una autoridad contestando en sentido negativo cuando no lo hace en tiempo, esta redacción debe de ser eliminada del artículo 5 para poder otorgar un derecho pleno a los ciudadanos y dar paso a la atención real e integral de los habitantes del territorio, por lo que es necesario y obligatorio eliminar la negativa ficta establecida en este apartado, ya que como quedó explicado es anticonstitucional”

La iniciativa fue turnada a Comisiones y se analizará desde ahí para su posible aprobación y difusión.

redacción/RP



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