QUE SE CASTIGUE A QUIENES EN FUEGO CRUZADO ASESINEN A INFANTES Y ADOLESCENTES EN GUANAJUATO: ALCARAZ






QUE SE CASTIGUE A QUIENES EN FUEGO CRUZADO ASESINEN A INFANTES Y ADOLESCENTES EN GUANAJUATO: ALCARAZ



La diputada Alma Alcaraz presentó este día 6 de Octubre del presente año una iniciativa acerca del asesinato a niños, niñas y adolescentes que ocurren en la entidad de Guanajuato. Esto, con una visión de implantar castigos a quienes en fuego cruzado asesinen a niños, niñas y adolescentes, en pro de fortalecer las instituciones que se dedican a la protección de infantes y adolescentes.

La diputada Alcaraz enfatizó en tribuna que "las niñas, niños y adolescentes son la mayor riqueza que posee nuestro Estado y actualmente enfrentan un peligro constante. En consecuencia, ante los alarmantes niveles de inseguridad que vivimos a diario, quienes integramos esta LXV Legislatura no podemos ni debemos mantenernos inertes, callados o complacientes; nuestro silencio o inacción nos convierte en cómplices, en corresponsables de la ola de violencia que atraviesa Guanajuato".

Alcaraz invitó a que reconozcamos el problema y propongamos soluciones para enfrentarlo; por ello, presentó ante esta Soberanía una iniciativa con proyecto de Decreto por el que se adicionan un artículo 141 b y una fracción VIII al artículo 153 del Código Penal y se reforman diversos artículos de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, ambos del Estado de Guanajuato.

Los niños, niñas y adolescentes del estado de Guanajuato son el sector más vulnerable en esta ola de crímenes y asesinatos que se asienta cada vez más en nuestra entidad y que parece no ser de alta importancia para el gobierno del Estado, particularmente para los entes de procuración y administración de justicia. 

Desafortunadamente la protección de la vida de los menores de edad en esta entidad parece ser sólo una cuestión de discursos y buenas intenciones plasmadas en las normas que no se aplican correctamente. Ejemplo de ello es la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato publicada en el año 2015 y que abrogó a la Ley para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado. 

Ésta como muchas leyes de buenas intenciones, lo único que hace es crear estructuras burocráticas y articular un Programa del cual hasta el momento no hemos visto resultados; por el contrario, nuestra entidad ha estado escalando en los últimos años a los primeros puestos a nivel nacional en materia de delitos como el homicidio, secuestro y violación en contra de menores de edad. Ello a pesar de que durante la presentación del Programa de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato 2021-2024 , desde el inicio de la presente Administración se declaró como “el sexenio de la niñez y la adolescencia” y se dijo que “la suma de esfuerzos entre sociedad organizada y el sector privado del estado, trabajarían en favor y beneficio de las y los menores de edad”. Pero es claro que estamos muy lejos de cumplir tal objetivo.

Basta recordar que la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) publicó  una serie de fichas técnicas con motivo del Día Internacional de los Niños Desaparecidos; en donde se advierte que Guanajuato concentró el mayor número de menores que fallecieron por homicidio con un total de 249; asimismo el Estado ocupa el primer lugar a nivel nacional por homicidio con arma de fuego con 136 casos de menores de 17 años. 

Además, durante el año 2021, en Guanajuato se atendieron a 2,090 mujeres en hospitales por violencia familiar, así como a 332 mujeres menores de edad por violencia sexual, pero la autoridad únicamente registró oficialmente tres casos de feminicidios de niñas entre 0 y 17 años en la entidad. 

La cifra de menores desaparecidos no es más alentadora, ya que en lo que va del 2022 se registraron 221 desapariciones, de las cuales Irapuato registró 36, Celaya 34, León 16 y San Miguel de Allende 12, siendo los municipios con mayor número de casos.

Por si los escenarios antes descritos no fueran suficientes, existe otro factor que ha estado causando la muerte de los menores de edad, y es el salir a las calles en medio de la ola de inseguridad que ha venido en crecimiento y que ha dejado sin vida a muchos menores que se encontraban en el lugar y momento incorrectos, quedando atrapados en el fuego cruzado y desafortunadamente son alcanzados por “balas perdidas”. 

La realidad que día a día viven nuestros menores parece no ser la misma que conocen las autoridades, ejemplo de ello lo tenemos en la creación del Programa de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato 2021-2024, para lo cual se llevó a cabo una consulta a 3,434 personas (2,600 mayores de edad y 834 menores de edad); lo que representa únicamente al 0.04% de la población y aun así los resultados arrojados fueron que los dos temas prioritarios para la población son: La vulnerabilidad y el entorno seguro y saludable de las Niñas, Niños y Adolescentes. En la consulta realizada exclusivamente a los menores de edad, el tema prioritario fue la violencia e inseguridad que los menores perciben en el Estado. 

Queda plenamente demostrado que la seguridad de los menores en el Estado no es un tema relevante en la procuración y administración de justicia e incluso en lo legislativo, y sólo se emiten algunas leyes para cumplir con compromisos morales. 

Veamos que por ejemplo tan sólo de la lectura íntegra de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado se desprende que: 

Se plantea la conformación de dos estructuras burocráticas inoperantes: el Sistema Estatal de Protección y el Consejo Directivo de la Procuraduría de Protección. Pues estas se conforman exclusivamente por funcionarios públicos subordinados del Estado. 

La letra muerta de elaborar y ejecutar un Programa Estatal con la participación de los sectores público, social y privado, así como de niñas, niños y adolescentes (artículo 96, fracción IX). Y digo que es letra muerta porque desde el diagnóstico esta fuera de la realidad,  desde la elaboración del documento se advierte la falta de cifras actualizadas y la consulta a un porcentaje no representativo de la población.

La creación de una Procuraduría de Protección supeditada a la voluntad del Ejecutivo Estatal. 


Sin duda las “acciones” realizadas por parte del Programa y la aplicación de la Ley no han servido para atender y mucho menos para reducir las cifras sobre la violencia y homicidios de menores de edad en nuestra entidad, por lo que esta iniciativa que presentó la diputada Alcaraz,— tiene por objeto adicionar y modificar diversos artículos del Código Penal y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, a fin de incluir lo siguiente: 

Establecer la pena de prisión de treinta a sesenta años a quien cause la muerte a un menor de edad, tomando en consideración que actualmente no existe una pena exclusiva para este tema.  

Tipificar como homicidio calificado a quien cause la muerte de un menor p

or la propia detonación de arma de fuego, aún y cuando el objetivo no fuera el propio menor: es decir por Fuego cruzado. 

Además, que el presupuesto del Programa Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato no pueda ser menor al aprobado en el año anterior. 

Que la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato esté obligada a brindar asistencia legal a los menores en todo momento. 

Que el titular de la Procuraduría de Protección sea designado por el Congreso del Estado, y no por el ejecutivo estatal en turno, y dure en su encargo ocho años y tenga un representante en cada Sistema Municipal de Protección. 

El Sistema Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato estará integrado por trece servidores públicos y trece representantes de la sociedad civil designados por el Congreso del Estado. 

Eliminar que los integrantes del Sistema Estatal cuenten con un suplente, ya que quienes asisten normalmente son los suplentes y no el propietario. 

Establecer que los integrantes del Poder Legislativo y Judicial tendrán el carácter de invitados permanentes a las sesiones del Sistema Estatal, sin que deba mediar invitación por parte del Gobernador.

De igual forma establecer que cualquier persona podrá ser considerada invitada temporal a las sesiones del Sistema Estatal, siempre que así lo soliciten. 

Y que todas las sesiones del Sistema Estatal deban ser públicas y transmitidas por medios electrónicos en tiempo real. 




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